En Qué Casos Necesitás un Abogado de Sucesiones en Fray Luis Beltrán
Estos son los casos de sucesiones que más resolvemos. Si el tuyo no está en la lista, escribinos igual y te decimos si podemos ayudarte.
Sucesión sin Testamento
Cuando no quedó testamento, hereda quien indica la ley. Presentamos la declaratoria de herederos para que los bienes puedan pasar a nombre de ustedes.
Casa, Departamento o Terreno Heredado
El inmueble que quedó a nombre del fallecido recién se puede mover después de la declaratoria. Hacemos el trámite hasta inscribirlo en el registro.
Sucesión con Testamento
Revisamos si el testamento es válido y lo llevamos adelante en el expediente, respetando lo que la persona dejó escrito en vida.
Herederos que no se Ponen de Acuerdo
Cuando uno no firma o se discute la partición de la herencia, buscamos primero el acuerdo y vamos a juicio solo si no queda otra salida.
Auto a Nombre del Fallecido
Con la declaratoria ya dictada transferimos el vehículo en el registro automotor, para que se pueda usar, patentar o vender a nombre de los herederos.
Cuentas Bancarias y Plazos Fijos
Pedimos los oficios al banco y gestionamos el cobro o la transferencia del dinero que quedó a nombre de la persona fallecida.
Ceder tu Parte de la Herencia
Si preferís pasarle tus derechos hereditarios a otro heredero o a un tercero, redactamos la cesión y la presentamos en el expediente.
Vender un Inmueble Heredado
Si ya apareció comprador, ordenamos primero la parte judicial y coordinamos con el escribano, para que la escritura no se frene a último momento.
Por Qué Elegir al Estudio Jurídico Fogliato para tu Sucesión en Fray Luis Beltrán
Tu sucesión la lleva un abogado con experiencia en la materia. Según de qué se trate la toma Lucio Fogliato o alguno de los profesionales del Estudio especializados en sucesiones. Siempre hay un responsable asignado y el Estudio sigue el expediente hasta el final.
El Estudio Jurídico Fogliato fue fundado por Lucio Martín Fogliato, abogado con 10 años de trayectoria, y las sucesiones son el área donde más trabaja. Antes de iniciar cualquier trámite, te decimos con claridad qué corresponde hacer, cuánto puede demorar y cuánto cuesta, para que no haya sorpresas a mitad de camino.
Atendemos sucesiones de vecinos de Fray Luis Beltrán, de forma presencial en Santa Fe 61 o por videollamada si te queda más cómodo.

Lo que dicen nuestros clientes
Preguntas Frecuentes sobre Sucesiones en Fray Luis Beltrán
Una declaratoria de herederos simple, sin bienes discutidos, suele salir en varios meses. Si hay inmuebles para declarar o herederos que no se ponen de acuerdo, el expediente se estira bastante más.
Los honorarios se calculan sobre los bienes que se declaran y se acuerdan por escrito antes de empezar. En la reunión te mostramos cómo se calcula en tu caso y qué facilidades de pago hay.
Los bienes quedan a nombre de la persona fallecida por tiempo indefinido. No se puede vender el inmueble, ni transferir el auto, ni sacar la plata del banco hasta que haya declaratoria de herederos.
El acta de defunción y las partidas que prueben tu vínculo: matrimonio, nacimiento o la que corresponda. Si hay testamento, también va. Si te falta alguna partida, te decimos dónde pedirla.
No. Primero hay que inscribir la declaratoria en el Registro General. Recién ahí se firma el boleto y se escritura a nombre de los herederos o del comprador.
La sucesión la puede iniciar un solo heredero, aunque los demás no participen. Si alguno se niega a firmar la partición, se busca un acuerdo y, si no hay caso, lo resuelve el juez.
Es la resolución del juez que dice quiénes son los herederos. Sin ese papel no se puede tocar ningún bien registrado: ni casa, ni auto, ni cuenta bancaria.
Hereda quien la ley pone primero en la fila: los hijos y el cónyuge. Si no hay hijos ni cónyuge, siguen los padres y después otros parientes, según lo cerca que estén del fallecido.
Sí. El testamento dice quién recibe cada cosa, pero igual hay que abrir el expediente ante el juez para que los bienes puedan pasar a nombre de los herederos.
Casi nunca. La consulta se hace por videollamada y los papeles se mandan digitales. Solo se necesita tu firma presencial ante escribano para el poder y, si hay inmueble, para la escritura.
